Envases Autorizados
Las patatas comercializadas al amparo de la Indicación Geográfica Protegida "Pataca de Galicia" o "Patata de Galicia", tras la certificación de éstas como aptas de acuerdo con el Reglamento, deben llevar una etiqueta numerada correlativamente, autorizada, expedida por el Consejo Regulador y con el logotipo oficial de la Indicación Geográfica Protegida. En las etiquetas y contraetiquetas figurará obligatoriamente la mención "Indicación Geográfica Protegida "Pataca de Galicia" o "Patata de Galicia".
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